Porque hace muuucho tiempo las entidades que impartían la formación necesaria para su manejo daban a la persona que había superado el curso una » tarjetita» a modo de carné en la que indicaba sus datos y la formación recibida.

En la actualidad y desde la entrada en vigor del RD 1215/97 y el RD 2177/04, la entidad que imparta la formación debe certificar que los contenidos impartidos son adecuados al RD 1215/97 y la única forma de que » quepan» los  contenidos es a través de un certificado de aptitud o diploma en tamaño A4. 

Al final de la formación recibirás un certificado de aptitud o diploma incluyendo los contenidos del curso según el RD 1215/97,  que es lo que te garantiza que no tendrás ningún problema ante las empresas u organismos que te lo soliciten.

Sí, nosotros también lo llamamos carnet, para entendernos mejor y que encuentres lo que buscas 🙂

Ya lo tienes claro, y ahora….. con prácticas o sin prácticas ?? on line o presencial ?? …visita el siguiente POST

Para cualquier cosa no dudes en ponerte en contacto conmigo

Ana Gordillo Durán | Ingeniera Industrial
Directora de proyectos formativos | Adianta Formación
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